Artículo 5.11
Los alumnos que hayan tenido más del dieciocho por ciento de faltas de asistencia a las sesiones de clases establecidas para un curso tendrán como calificación reprobatoria final EF (Exceso de faltas). Para propósitos de cálculo de promedio, la calificación EF tendrá un valor numérico equivalente a uno en la escala de uno a cien. Para efectos de este reglamento, se considera que un seis por ciento de faltas equivale al número de horas de clases por semana de un curso semestral.
El plazo para la presentación de este examen será a partir del último día de exámenes finales del periodo escolar en que el alumno haya concluido satisfactoriamente las materias comprendidas en el plan de estudios de la carrera, a excepción de la asignatura para la cual solicita examen de regularización, hasta antes del último día de clases del siguiente semestre. En el caso de que el estudiante no presente la evaluación en ese lapso de tiempo, deberá cursar nuevamente la materia.
Los alumnos que hayan tenido más del dieciocho por ciento de faltas de asistencia a las sesiones de clases establecidas para un curso tendrán como calificación reprobatoria final EF (Exceso de faltas). Para propósitos de cálculo de promedio, la calificación EF tendrá un valor numérico equivalente a uno en la escala de uno a cien. Para efectos de este reglamento, se considera que un seis por ciento de faltas equivale al número de horas de clases por semana de un curso semestral.
El plazo para la presentación de este examen será a partir del último día de exámenes finales del periodo escolar en que el alumno haya concluido satisfactoriamente las materias comprendidas en el plan de estudios de la carrera, a excepción de la asignatura para la cual solicita examen de regularización, hasta antes del último día de clases del siguiente semestre. En el caso de que el estudiante no presente la evaluación en ese lapso de tiempo, deberá cursar nuevamente la materia.