CAPÍTULO V Evaluación del aprendizaje

Artículo 5.2

El sistema de evaluación del curso usado por el profesor deberá incorporar:
La forma de integrar las calificaciones para obtener la calificación final del curso.
Las ponderaciones de las calificaciones parciales, de las calificaciones de las actividades complementarias de aprendizaje y de la evaluación integradora final.
Los instrumentos de evaluación.
Las formas de retroalimentación a los alumnos.
Las fechas de aplicación de las actividades de evaluación y
Los criterios de evaluación y calificación

Las políticas y criterios de evaluación que se seguirán en cada curso deberán ser dados a conocer por el profesor el primer día de clases.

El alumno tiene derecho a recibir oportunamente, por parte del profesor, retroalimentación sobre su desempeño académico y a ser informado sobre las calificaciones parciales, la calificación de la evaluación integradora final, las calificaciones de las actividades complementarias de evaluación y la calificación final del curso.

Artículo 5.6
La evaluación final del aprendizaje del alumno debe realizarse en función de los objetivos generales del curso y tener las siguientes características:
Se efectúa en cada materia al término del periodo escolar.
Es obligatoria y no puede eximirse a ningún alumno de ella.
Se realiza a través de instrumentos de evaluación, tales como un examen, la presentación de trabajos finales, el resultado de proyectos y, en general, actividades que el profesor diseñe para evaluar de manera integral el desempeño del alumno en el curso.
Si la evaluación final fuera un examen, deberá realizarse en la fecha y hora indicadas por la Dirección de Servicios Escolares; esta forma de evaluación integradora final deberá estar diseñada para una duración estimada de dos horas y su aplicación no excederá de tres horas.
La calificación de la evaluación final debe sustentarse en documentación probatoria en formato físico o digital, de la aplicación de, al menos, una actividad de evaluación.

Artículo 5.7
En un periodo parcial, el proceso de evaluación del aprendizaje del alumno debe realizarse en función de los objetivos particulares cubiertos en el periodo correspondiente y tener las siguientes características:
Se realiza a través de instrumentos de evaluación, tales como exámenes, tareas, la presentación de trabajos, el avance de proyectos y, en general, actividades que el profesor diseñe para evaluar el desempeño del alumno en el curso. Cualquier tipo de actividad de evaluación que no sea parte de la evaluación integradora final deberá concluir en la fecha establecida por el profesor, la cual no podrá ser posterior al último día de clases.
La calificación parcial debe sustentarse en documentación probatoria en formato físico o digital, de la aplicación de, al menos, una actividad de evaluación.
El reporte de la calificación parcial es obligatorio en las fechas estipuladas por la Dirección de Servicios Escolares.

El profesor retroalimentará oportunamente al alumno sobre los resultados de las evaluaciones. Para cualquier aclaración, el alumno deberá recurrir en primera instancia al profesor y, en caso de requerirlo, a la dirección del departamento académico correspondiente. Estas aclaraciones deberán realizarse antes de la fecha del siguiente reporte de calificación parcial, y en el caso de la última calificación parcial, la fecha límite será el último día de clases, de acuerdo con el calendario escolar.

Este artículo aplica también para los cursos intensivos.